ARTÍCULO 21.- Requisitos para federarse
Podrán ser admitidas en esta Federación, aquellas asociaciones de carácter cultural que estando legalmente constituidas, sean entidades sin ánimo de lucro, tengan como finalidad, aunque no sea exclusiva, la enseñanza o cultivo de la música en cualquiera de sus formas, mantengan una escuela de música, o una banda o grupo instrumental de música y compartan el espíritu, los valores y las finalidades de esta Federación, y acepten y cumplan los presentes estatutos.
Para ingresar en la Federación será indispensable solicitarlo por escrito a la Junta directiva. En el caso de las bandas municipales, deberá ser un punto aprobado en el pleno del Ayuntamiento. En dicho escrito se pondrá de manifiesto la voluntad de asumir y cumplir los Valores Compartidos de la Federación. A la solicitud de ingreso la entidad solicitante acompañará:
- Certificado del acta de su asamblea general, en la que se haya adoptado el acuerdo favorable a la solicitud de ingreso en la Federación.
- Relación nominal de los componentes de su Junta Directiva, con sus DNI. Dirección y e-mail de la Asociación.
- Copia de los estatutos de la sociedad, con el número de registro correspondiente.
- Nombre y DNI de los componentes de la banda.
- Así como cualquier otro requisito que crea oportuno exigir la Junta Directiva de la Federación.
- Una vez estudiada la documentación presentada, especialmente de los estatutos, de la Sociedad, que deberán desprender su concordancia con los Valores Compartidos, la Junta directiva, acordará sobre la admisión de la Sociedad solicitante. Si el acuerdo fuera negativo se hará constar por escrito los motivos que lo fundamentan, así como el resultado de la votación. En este caso, la Sociedad solicitante podrá recurrir ante la Asamblea General, cuya resolución también habrá de ser motivada y será inapelable, salvo lo dispuesto en las leyes. En dicha asamblea podrá ser oída la Sociedad interesada.