Cualquier banda de música o asociación músico-cultural con sede en la Comunidad Autónoma de Madrid, podrá formar parte de la Federación Regional de Sociedades Musicales de la Comunidad de Madrid.
Para ello deberá rellenar la ficha de inscripción que figura a continuación. Antes, aconsejamos leerlos requisitos para federarse. Una vez cumplimentado, tendrá que descargarse, rellenarse y enviarse la ficha de componentes.
Podrán ser admitidas en esta Federación, aquellas asociaciones de carácter cultural que estando legalmente constituidas , sean entidades sin ánimo de lucro, tengan como finalidad, aunque no sea exclusiva, la enseñanza o cultivo de la música en cualquiera de sus formas, mantengan una escuela de música, o una bando o grupo instrumental de música y compartan el espíritu, los valores y las finalidades de esta Federación, y acepten y cumplan los presentes estatutos.
Para ingresar en la Federación será indispensable solicitarlo por escrito a la Junta Directiva. En dicho escrito se pondrá de manifiesto la voluntad de asumir y cumplir los Valores Compartidos de la Federación. A la solicitud de ingreso la entidad solicitante acompañará:
En el Reglamento de Régimen Interno de la FRSMCM se exponen los siguientes requisitos anexos para Federarse:
Artículo 14º. Cuando una nueva Banda de Música solicite su ingreso en la FRSMCM, con independencia de la documentación a presentar que fijan los Estatutos de la FRSMCM, será imprescindible que acompañe los DNI o Pasaporte debidamente diligenciados de los músicos que la constituyen, no procediéndose a concederse el alta sin el cumplimiento de este requisito.
Artículo 15º. A la Banda de Música que solicite su ingreso en la FRSMCM se le asignará un número de registro que será el que aparecerá en todos y cada uno de los carnés de músico federado de sus componentes.
Artículo 16º. Se considerará Banda de Música cuando el número de sus componentes no sea inferior a TREINTA Y CINCO músicos.
Artículo 17º. Las Bandas de Música Federadas deberán enviar el listado de músicos en activo de su Banda ACTUALIZADO ANUALMENTE , con el número federal correspondiente. El plazo límite de presentación será la fecha de la Asamblea General Ordinaria que se celebra anualmente.
Artículo 18º. Los gastos originados por el traslado de músicos a ensayos, refuerzos, traslado de instrumentos o cualquier otra necesidad, será costeado por la Banda de Música que lo necesite, salvo en el caso de la Banda Federal que lo costeará la FRSMCM (siempre en función del estado económico de la misma)